Se acabó la polémica sobre la situación del bailaor Juan Manuel Fernández Montoya Farruquito, después de que hoy se le haya concedido a libertad condicional después de casi seis meses utilizando una pulsera de control telemático que le permitía dormir fuera de la cárcel. La nueva situación le llega al artista tras cumplir dos tercios de su pena que es de un total de 3 años por atropellar mortalmente a Benjamín Olalla en un paso de peatones de Sevilla. Ahora, el bailarín sólo tendrá que estar localizable siempre que el juez que lleva su caso así se lo requiera, pero podrá hacer su vida normal.
Esta decisión ha llegado después de recibir un informe "favorable" del centro penitenciario "en atención al buen comportamiento" del bailaor, quien no dormía en la cárcel desde el pasado mes de julio, meses en los que no ha cometido ningún tipo de falta que requiera sanción. De hecho, llegó a pedir permisos para continuar con su trabajo como bailaor, y desde Instituciones Penitenciarias le concedieron alguna prórrogas en cuanto horario para que pudiera participar del espectáculo flamenco que realiza con su familia.
Estas ''ventajas'' no sentaron bien entre los familiares de la víctima, ni tampoco entre las asociaciones que los apoyan. Así, con esta nueva noticia, algunas de las principales asociaciones de víctimas de accidentes afirmaron hoy que se "ha cumplido con la ley", pero lamentaron que las penas impuestas para este tipo de delitos "no se apliquen de forma tan rigurosa como el derecho permite". La presidenta de la Asociación de Prevención de Accidentes de Tráfico (APAT), Eugenia Domenech, aseguró que en este tipo de casos la pena que se suele imponer es "desproporcionada", ya que "la condena no guarda relación con el daño que se hace".
Además, Domenech señaló que la condena impuesta al bailador, "aunque no fue todo lo rigurosa que la ley permitía debido a su imagen pública, supuso un avance y un punto de inflexión" en el camino de conseguir penas mayores en el caso de homicidio imprudente causados por una conducción temeraria.
La condena
El artista fue condenado por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla a tres años de prisión por el atropello de Benjamín Olalla. El fallo le impuso la pena de dos años de cárcel por homicidio imprudente en concurso con un delito contra la seguridad del tráfico, así como a la privación del permiso de conducir vehículos de motor y ciclomotores durante tres años y medio. Como indemnización estableció 102.483,55 euros para la viuda de la víctima, María Angeles Madero, y 8.275,30 para cada uno de los progenitores del fallecido.
La sentencia también le condenó a un año de prisión por un delito de omisión del deber de socorro, más multa de 12 meses con una cuota diaria de 100 euros. Además, se consideró al artista autor por inducción de un delito de simulación de delito, por lo que se le impuso una pena de multa también de 12 meses con la misma cuota.