Miércoles, 30/5/2012 12:01
En estos días, es posible que reciba usted una factura de la luz, el teléfono o el gas correspondiente al consumo que realizó en los meses de mayo o junio. Es decir, cuando el IVA era aún del 16%. Sin embargo, si su compañía suministradora emite la factura después del 30 de junio, verá usted que el IVA que se le aplica es del 18%, el que entra en vigor este jueves.
Y probablemente usted se pregunta por qué paga el IVA de julio si el consumo se produjo en meses anteriores. La respuesta, explican en el Ministerio de Economía y Hacienda, es que a este tipo de suministros, como la electricidad, el gas o el teléfono (a los que se denomina "servicios de tracto continuo"), se les aplica lo que se llama "principio de exigibilidad".
Según ese principio, a este tipo de servicios se les cargan los impuestos que estén en vigor en el momento de la facturación, y no en el momento en que se haya producido el consumo. Es decir, que es perfectamente legal que nos cobren el IVA del 18% por el gasto de teléfono que hayamos hecho en junio, siempre que la factura tenga fecha posterior al 30 de junio.
Por otro lado, la compañía suministradora no obtiene ningún beneficio por aplicar un IVA dos puntos más alto, ya que las empresas hacen funciones de "recaudadores": cobran el IVA a sus clientes y después se lo entregan a Hacienda. Es decir, que no se quedan con la diferencia entre el 16 y el 18%. Las beneficiadas son las arcas del Estado, que esperan recaudar 5.150 millones más al año con esta subida de un impuesto que pagamos todos, independientemente de nuestro nivel de renta.
Lo del principio de exigibilidad es simplemente una interpretación torticera de la norma. El principio que rige el IVA es el de devengo. Si bien existen excepciones, en las operaciones de tracto continuo, desde el momento que es exigible su pago, pero no desde el momento en que este se exige. Esto es TELEFONICA, podría solicitarme el pago hoy mismo de las llamadas que he realizado hoy, consecuentemente es exigible su pago desde el momento en que se realiza, que es un momento distinto a cuando este es exigido. Está muy claro que el gobierno se ha conchabado con los principales proveedores de suministros para empezar esta subida un mes antes. Como siempre callaremos.
Son unos sinvergüenzas, sin más. Se da la circunstancia de que emiten la factura con fecha de 1 de julio pero yo la he recibido el 30 de JUNIO y se supone que es con posterioridad a ese día la aplicación de esta norma.. Me parece impresentable. Cuando alguien me pida una factura la emitiré el día que me de la gana, al parecer no importa si la reciben con anterioridad al día emitido. ¿Qué hubiera hecho telefonica enviándome un día antes de lo que dicen se emite la factura si el día uno de julio no hubiera existido la compañía? Si pueden leer el futuro que me adivinen una primitiva. Sinvergüenzas.
es una verguenza, porqué no facturan antes del 1/7/10 ??? cuando antes lo hacian ????, y la factura del mes proximo pasara exactamente igual, ya que tenemos consumo anterior al 1/7/10. son unos ladrones que segun ellos son legales , se creen que somos idiotas
A ROMANAM esa 2% de diferencia ha de ser para el Estado, cuando liquiden el IVA a la Hacienda Publica, Porque ha reudado mas IVA (repercutido) que el que ha Soportado, Por lo tanto la empresa debe devolver esa diferencia.
esto en mi pueblo se llama " ROBO"