No condenar los atentados de ETA, clave en la ilegalización de ANV

La Sala del 61 del Tribunal Supremo anunció los argumentos para su resolución

OTR / PRESS   22-09-2008

Hasta hoy se conocía el qué pero no el por qué de la ilegalización de ANV. La Sala del 61 del Tribunal Supremo anunció los argumentos para su resolución, que llegó dos días antes de una de similares características sobre el PCTV, y en su sentencia esgrime que la negativa a condenar los atentados de ETA por parte de los miembros electos de ANV y la colaboración con miembros de la ilegalizada Batasuna durante y tras las elecciones locales de 2007 fueron clave.

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    "Es el comportamiento de ANV y Batasuna durante la campaña electoral realizada por ANV en las elecciones convocadas" y la propia reacción de ambas organizaciones tras conocer el resultado de los comicios "lo que acredita, sin ningún género de duda, que existía un acuerdo entre ANV y Batasuna para que aquel partido restase en las instituciones el apoyo a ETA que antes llevaba a cabo Batasuna", y que fue el principal motivo de su ilegalización en 2003.

    Así lo señala el Supremo, que también recuerda que antes de los comicios fueron anuladas 133 listas electorales de la formación en diversos municipios. No obstante, la sentencia resta importancia a algunas pruebas presentadas por la Fiscalía y la Abogacía del Estado, tales como la postura de partido contra el Tren de Alta Velocidad (TAV) en el País Vasco y la coincidencia física de las oficinas de ambas formaciones en un edificio del polígono donostiarra de Usúrbil.

    En cualquier caso, la Sala del 61 encuentra pruebas suficientes para concluir que "ANV es un partido político que ha acabado colaborando reiterada y gravemente con Batasuna, complementando y apoyando políticamente, en consecuencia, a la organización terrorista ETA". Por ello, explica, incurre en causa de ilegalización prevista en la Ley de Partidos Políticos.

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