SENTENCIA PIONERA
El Tribunal Constitucional ha otorgado el amparo a Resurrección Galera, profesora de religión el Almería, que no fue renovada en el cargo después de casarse por lo civil con un hombre divorciado. Los magistrados subrayan que las razones para tomar esta medida fueron de índole religiosa o moral y que no guardaban relación con la actividad docente
La profesora de religión Resurrección Galera ha conseguido lo que se les ha negado a muchos de sus compañeros. Hasta ahora, los recursos contra las decisiones de la Iglesia Católica de no renovar en el cargo a aquellas personas que hubieran incurrido en comportamientos incompatibles con la moral cristiana se resolvían de la misma forma. El juez no les daba la razón porque no había relación laboral. Simplemente, el contrato no se había renovado de un curso académico a otro. Ahora, sin embargo, el Tribunal Constitucional establece que los órganos judiciales tendrán que hacer la "debida y requerida ponderación de los derechos fundamentales en conflicto". De un lado, los derechos que se hayan podido vulnerar al profesor de religión y del otro, el derecho a la libertad religiosa del que goza la autoridad eclesiástica. Lo contrario, dicen los magistrados en la sentencia, supone per se la vulneración de los derechos fundamentales de los docentes.
El Tribunal Constitucional otorga el amparo a Galera que no fue renovada como profesora de religión, después de casarse por lo civil con un hombre divorciado. Otorgan el amparo y ordenan al juez a que vuelva a dictar sentencia teniendo en cuenta la nueva doctrina: que se valoren los derechos fundamentales en juego. La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Manuel Aragón, subraya que la decisión de no volver a contratar a la demandante "no guarda relación con la actividad docente" sino que tiene que ver con cuestiones de índole "moral o religiosa" y que este criterio religioso "no puede prevalecer sobre los derechos fundamentales"
Es vergonzoso que los ciudadanos tengamos que soportar estos ataques de la iglesia a los ciudadanos, en un estado laico o aconfesional. Me pregunto por qué un gobierno socialista, laico, progresista, da tanto dinero a la iglesia. Nos ahorraríamos mucho dinero que se lo diéramos a una ONG española que gestionara las obras de Caritas. Porque con ese cuento la iglesia se lleva un montón de miles de millones de los contribuyentes.
Hasta cuando tendremos que aguantar que la Iglesia sigua metiéndose en política. ¿Por qué seguimos otorgándoles privilegios? ¿Esque somos tontos o qué? Haber si nos enteramos de una vez, la Iglesia Católica tiene un profundo arraigo en la cultura española, pero hace tiempo que los valores católicos son puro folklore, la espiritualidad se la lleva el fútbol, esa si que es la verdadera religión.
A ver si se respeta el más fundamental de los derechos: LA IGUALDAD, en concreto en el acceso al desempeño de las funciones públicas, como estipula nuestra constitución. Lo digo por los que se empeñan en "reordenar" el sector público andaluz a su antojo. Nos vemos en los Tribunales.
También es vergonzoso que se permita que estos puestos sean designados a dedo por la iglesia pero su nómina la paga el estado.
No os equivoqueis. Tiene la potestad de designar aquellos profesores que van a impartir religión (suelen ser curas, apegados y apegadas al de turno etc...) La consejería los contrata y paga con nuestros impuestos pero si el obispado de turno dice que el o la que ha sido buen docente durante no se cuantos años ahora no le gusta (como es este caso y que ha sido por casarse por el juzgado), aúnque se haya saltado los derechos fundamentales del profesor-a, si hey que indemnizar, quien paga no es quien bulnera los derechos sino quien contrata, que es la consejería de la comunidad.