Jueves, 31/5/2012 09:37
El pasado martes, el juez de Madrid Santiago Torres aseguraba en un auto que la sala de inadmitidos del aeropuerto de Barajas no reúne las condiciones mínimas para albergar a los extranjeros y permitía la entrada al país de una ciudadana brasileña. Ese mismo día, en otras dos resoluciones decía lo contrario: que sí es adecuada por lo que decretó la permanencia en esa sala de dos extranjeros, un senegalés y un argelino.
En el primer auto, el juez estimó, entre otros argumentos, que la sala de inadmitidos de Barajas no reunía los requisitos necesarios desde el punto de vista social, jurídico, cultural y sanitario para la adecuada permanencia de las personas que allí se ven obligadas a pernoctar.
En consecuencia, y aludiendo a criterios de arraigo personal y familiar de la ciudadana brasileña que solicitó el habeas corpus, determinó su puesta en libertad. Sin embargo, ese mismo día, el titular del juzgado de instrucción número 32 de Madrid,
Santiago Torres, firmó otros dos autos en los que acordó la permanencia de otros dos ciudadanos, uno argelino y otro senegalés, en la sala de inadmitidos de Barajas mientras se tramita su orden de expulsión a sus respectivos países, ya que no concurrían las circunstancias legales de arraigo para permitir su entrada en España.
En esos autos, el juez elude cualquier referencia a las condiciones de habitabilidad de las dependencias de Barajas y considera adecuada la permanencia de ambos ciudadanos en la misma.
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Así va la justicia, con decisiones que se contradicen, con falta de jueces, con subcontratas, con funcionarios ineficaces... Bermejo, actua ya de una vez
Debe ser que Su Señoría estima que para argelinos y senegaleses, dado que sus respectivos países están menos desarrollados que Brasil, las condiciones de la sala de inadmitidos sí que reúne condiciones mínimas. Un hotel de lujo, vamos...vergonzoso!
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