El Tribunal Supremo ha reforzado la asignatura de religión en Euskadi y Extremadura anulando, respectivamente, un decreto y una ordenanza de estos gobiernos autonómicos. En el caso del País Vasco se anula porque no ofrecía ninguna alternativa a esta asignatura y en el caso de Extremadura porque se estableció que para cursar religión había que consentirlo expresamente.
El Tribunal Supremo ha dado un impulso a la asignatura de religión en los colegios de Extremadura y País Vasco. La sala de lo contencioso - administrativo ha anulado un decreto del gobierno de Euskadi y una orden de la Junta de Extremadura. En el caso del País Vasco, los magistrados estiman el recurso de las tres diócesis de la región y revocan la sentencia del Tribunal Superior de Justicia porque no se ofrecía ninguna asignatura alternativa a los alumnos que no cursaran religión. Dicen los magistrados que esto "provoca un efecto disuasorio de alumnos y padres", ya que tienen dos horas semanales menos de clase que el resto.
En el segundo caso, confirman la sentencia del Tribunal de Justicia de Extremadura y anulan una orden de la consejería de educación, tal y como pedían la Federación Española de Religiosos de la Enseñanza y los Titulares de Centros Católicos.
Estos colectivos sostenían que la orden no era legal porque valoraba el silencio de padres y alumnos a la hora de escoger la enseñanza de religión como una negativa automática a cursarla. El Tribunal Supremo subraya que estamos ante una "presunción negativa en contra de la asignatura de religión católica" y que esta normativa "aborda una cuestión que va mucho más allá de la ordenación de la enseñanza, entrando en cuestiones que afectan a la conciencia de las personas".
No se, creo que la Constitución dice que somos un Estado aconfesional no? Que en los colegios enseñen lo que haga falta, que cuestiones religiosas son particulares y familiares en los colegios con dinero publico (estatales, concertados, etc) eso no pinta nada. es una cosa que ni se deberia plantear, y seguimos erre que erre.. También los señores del Supremo podian declarar la Constitución ilegal, porque a fin y a cuentas, se la estan saltando a la torera estos señores. Bueno que se va a esperar de unos señores que tenian de presidente al que tenian y despues de todo encima le quieren pagar por dimitir. Asco , mucho asco da la justicia española esta llena de politicos que asco dan.
Los talibanes del Supremo deberían leerse la Constitución alguna vez o quizás sean analfabetos funcionales que no entienden lo que leen. Salvando el nimio detalle de un estado aconfesional, el art16 garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y el a.27 el derecho a que los padres tengan garantizada la formación religiosa de sus hijos (no dice católica). ¿Y el derecho de cualquier otra creencia religiosa dónde queda? ¿Y la de los laicos? ¿Qué garantiza esta sentencia? Nada que no existiera en las normas contra las que han fallado. Se trata de una sentencia torticera que retuerce la Constitución hasta ajustarla a su propia ideología.
Somos un país laico!!! y a mucha honra. Le religión que se imparta en el ámbito privado, no en el escolar. Vaya humanidad!! Vaya sociedad!! siempre tirando de dioses para coartar la libertad y dirigir a lo que ellos consideran un rebaño de borregos!!! A PAGAR EL IBI!!!
Cuando un pais está secuestrado por un gobierno ilegítimo (obtuvo el poder en base a mentiras) y por unos jueces que firman sentencias redactadas por obispos, ¿que nos queda?,¿la insumisión?, ¿la ley de la selva?.
No hay diferencia entre jueces y obispos, participan de la misma incultura fanática del creacionismo. Ya dijo Séneca que los sabios no creen en Dios, los ignorantes sí creen, y al poder le conviene que se crea.