El 9 de diciembre de 1995, Tomás López disfrutaba de un paseo en compañía de sus familiares por la localidad soriana de Calatañazor. Cuando transitaba próximo a los restos del castillo de la localidad, de forma sorpresiva recibió el impacto de una piedra procedente de las ruinas de la antigua fortaleza medieval. El golpe le produjo varias lesiones graves que días después le provocarían la muerte.
Ahora, el Tribunal Supremo hace responsables del fallecimiento a la Administración del Estado, por ser titular de un castillo que debe "ser conservado, mantenido y custodiado por su propietario", y a la Comunidad de Castilla y León, que intentó excluir su responsabilidad alegando que la región "sólo tiene competencia exclusiva sobre aquellos bienes de su territorio que no son de titularidad estatal".
Sin embargo, la sentencia concluye que las dos administraciones tienen "competencias concurrentes" sobre la gestión del patrimonio. La estatal, por ser la propietaria del edificio, debe asumir los gastos de conservación, pero la autonómica, al asumir la trasferencia de las funciones de policía y tutela, no le puede ser "indiferente el estado de conservación del edificio, debiendo haber adoptado todas las medidas necesarias".
De este modo, reconoce el magistrado, ambas administraciones deberán abonar a la mujer y dos hijos del fallecido un total de 320.000 euros en concepto de los perjuicios derivados de la muerte accidental.
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Una sentencia que se debe considerar muy democrática, hacer responsable al gobierno de sus propios edificios que éstos no sean un peligro para los ciudadanos, el buen mantenimiento debe ser una prioridad para todos los edificios sean históricos o funcionales, cómo deben de serlo todas y cada una de las instalaciones que en la via pública se utilizan para la vida diaria, tanto de información cómo de servicio, sean un semáfaro o un ferrocarril.
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