El Gobierno aprueba este viernes los nuevos tiempos de trabajo y descanso de los controladores aéreos

El reglamento desarrolla una parte de la nueva Ley de Navegación Aérea aprobada el pasado febrero

EP   30-07-2010

La jornada a turnos de cada controlador tendrá una duración "no superior a doce horas por servicio" y el tiempo de descanso durante la jornada será de un 25% del tiempo de la duración de la jornada diurna y de un 33% de la duración de la jornada nocturna.

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    El Consejo de Ministros tiene previsto aprobar este viernes el reglamento que regulará los tiempos de trabajo y descanso del colectivo de controladores aéreos, han informado fuentes gubernamentales.

    El reglamento desarrolla una parte de la nueva Ley de Navegación Aérea aprobada el pasado mes de febrero y tiene como objetivo evitar que la fatiga de los trabajadores comprometa la seguridad operacional, según las mismas fuentes.

    Para ello, el reglamento regulará la actividad diaria, mensual y anual de estos profesionales, además de sus tiempos máximos y mínimos de descanso.

    La Ley de Navegación Aérea establece que AENA asuma la organización del trabajo de los controladores, marcando una jornada anual de 1.750 horas y un máximo de 80 horas extraordinarias trabajadas al año "en conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores".

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