Los Magistrados incrementan en 120.000 euros la cantidad que inicialmente acordó pagar el Ministerio de Defensa al entender que no se valoraron objetos de un gran valor sentimental para el recurrente como los regalos o el reportaje fotográfico de la boda.
La vida de Luis dio cambió un 2 de septiembre de 2005. Estaba trabajando en el campo cuando vio como un avión volaba muy bajo hasta que se estrelló en una zona habitada. Corrió a su casa preso de un mal presentimiento que se cumplió. La aeronave militar impactó en su casa con su mujer y su niña de 9 meses dentro. La mujer apareció descuartizada y de la pequeña no se encontró ni rastro.
El Ministerio de Defensa le indemnizó con 742.000 euros. Ahora el Supremo eleva esa cifra hasta los 862.000.
La sentencia, de la que ha sido ponente el Magistrado Juan Carlos Trillo, señala que los baremos que fija la Ley para las indemnizaciones son orientativos y hay que adaptarlos a cada caso concreto. En el que nos ocupa, dicen los Magistrados, nos encontramos ante una ruptura y pérdida de contacto con una vida anterior. Las circunstancias, añaden, son especialmente trágicas, espeluznantes, conmovedoras y por ello acreedoras de un resarcimiento económico mayor que se cifra en 80.000 euros.
Los otros 40.000 provienen de los objetos de gran valor sentimental que el recurrente perdió en el accidente. Entre ellos, 15 cuadros que pintó su mujer, regalos de boda... fotografías y reportajes tanto de la boda como del bautizo de su hija.