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A vivir que son dos díasLas edades de Millás
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La Ley determina lo que puedes hacer o no en función de tu edad

¿Se adapta la ley a la realidad social en la que vivimos?

Edad jurídica Vs edad cronológica

Edad jurídica Vs edad cronológica

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Madrid

La edad siempre ha sido una de las formas de organización social. Pero los ciclos de la vida han variado muy deprisa en los últimos años. Con el cada vez mayor alargamiento de la vida, llega un momento en que la edad cronológica ya no es el mejor referente para predecir intereses, actitudes, capacidades intelectuales y sociales, o incluso vitalidad y fortaleza.

Además, la última etapa de la vida se ha vuelto cada vez más compleja y multiforme. En diciembre de 2023 se modificó el artículo 103 del Real Decreto que establece la obligatoriedad de hablar y explicar, a las personas con discapacidad y a los mayores de 80 años, cualquier notificación de las administraciones de forma que puedan entenderla. ¿Es una cuestión de edad o de capacidad? ¿No tienen la misma dificultad para entenderlos personas más jóvenes?

Quizás las leyes van un paso por detrás y no representan las edades de la gente. Hasta el siglo XIX no existía una etapa infantil, no se creía que hubiera que tratar a un niño de forma diferente a como se hace con un adulto. Hoy en día personas de 14 años pueden casarse pero no pueden votar. ¿tiene esto algún sentido? La jurista Manuela Carmena y el sociólogo Julio Pérez creen que no.

Estas algunos derechos y obligaciones jurídicas en función de la edad de una persona:

Desde los 12 es preciso su consentimiento para la adopción y el acogimiento

Desde los 14 puedes ser responsable penal. Reconocer a un hijo, otorgar testamento. Podrán declarar como testigos en un procedimiento judicial si tienen suficiente juicio. Abrir cuentas en RRSS, subir fotos suyas a Internet…

Con 16 te puedes casar. Tener relaciones sexuales consentidas. Emanciparte, si tus responsables lo consienten o así lo declara el juez (si quien ostenta la patria potestad vuelve a casarse, si los padres viven separados o se da alguna circunstancia grave que entorpezca el ejercicio de la patria potestad). No podrán pedir préstamos ni vender bienes inmuebles o de extraordinario valor hasta los 18.

A los 18 es la mayoría de edad. Puedes votar, sacarte el carnet

Desde los 25puedes adoptar (la diferencia de edad entre adoptante y adoptando será de, al menos, dieciséis años y no podrá ser superior a cuarenta y cinco años)

A los 66 es la edad de jubilación. A partir de los 65 ya eres, jurídicamente, una persona mayor.

Con 70 si estás en la cárcel puedes acceder a la libertad condicional.

Y desde el Real Decreto de Diciembre de 2023, un ajuste para “personas con discapacidad y personas mayores”, a partir de 80 añostienes derecho a que te hablen clarito.

Paqui Ramos

Paqui Ramos

Casi siempre en la radio. Siempre en la SER. Trabajando con Javier del Pino y yendo a sitios con Juanjo...

 
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