El libro segundo del Código Civil de Catalunya, relativo a la persona y la familia, aprobado este miércoles en el Parlament, introduce novedades el la adopción, contempla nuevos modelos de familia y apuesta por la custodia compartida, adaptando así la legislación a las nuevas realidades sociales.
El texto apuesta por un plan de parentalidad como un instrumento para ordenar las cuestiones principales que afectan a los hijos ante la separación de sus padres. De esta forma, la ley pretende abandonar la idea de que la ruptura de una pareja suponga de forma automática que los hijos deban ser apartados de uno de sus progenitores y busca que ambos compartan la responsabilidad de los hijos.
En cuanto al uso del domicilio familiar, la ley pone énfasis en la valoración de las circunstancias de cada caso para eliminar el automatismo actual de atribuirlo al cónyuge que se queda con la custodia.
Así, busca que se pueda ceder al miembro más desfavorecido en caso de que quien tenga la custodia disponga de los medios suficientes, y que se pueda ceder el domicilio para cubrir la pensión alimenticia.
Parejas estables
El nuevo texto amplía el concepto de pareja estable a parejas que convivan más de dos años de forma ininterrumpida o aquellas que una vez iniciada su convivencia tienen un hijo en común. También contempla la posibilidad de que sean una familia las parejas que conviven pero no se pueden casar porque una de ellas continúa casada con otra persona.
Se trata de una "regulación de mínimos" orientada a proteger al más necesitado en el momento de la ruptura.
El libro segundo del Código Civil catalán incorpora respuestas a las llamadas familias recompuestas, es decir, integradas por parejas que tienen a su cargo hijos no comunes, otorgando derechos al otro cónyuge para intervenir en la potestad del menor, especialmente si el otro progenitor ha muerto o se ha desentendido del hijo.
Hijos adoptados
Una de las novedades más polémicas ha sido la obligación de los padres adoptantes de informar a su hijo, antes de que cumpla los 12 años, de su condición de adoptado y así hacer efectivo su derecho a conocer a sus progenitores biológicos y velar por el mejor desarrollo de su personalidad. Además incorpora la filiación ascendente y colateral de los menores adoptados.
Por último, otra de las grandes novedades de este texto son los poderes preventivos que pueden otorgar las personas que sufren enfermedades degenerativas. Antes, los poderes finalizaban cuando la persona era incapacitada y sometida a tutela, mientras que ahora estos poderes especiales continuarán teniendo vigencia, sin perjuicio de que la autoridad judicial pueda extinguirlos.
De esta forma, podrán evitarse, en algunas ocasiones, los procesos judiciales de incapacitación, contemplando además la posibilidad de que la persona proteja sus bienes.
Vamos a ver... si partimos de la base que tenemos los mismos derechos. Cuando hay una ruptura es muy sencillo... Se deberia saber si los dos padres pueden hacerse cargo de sus hijos por igual (dado que cada caso es un mundo) si es asi la custodia tendria que ser compartida (si existen abuelos la custodia podrian tenerla ellos, cuando uno de los dos no puede), dado que solo el 8% de los hombres piden la custodia de sus hijos deberian estudiar todos los casos y si hay posibilidad de una custodia compartida pero uno de los conyugues no quiere deberian sacarle la custodia la patria potestad ( no se cria un hijo pagando ). En mi caso soy del 8 % de los hombres que quiere esa custodia y hacerme cargo de mi hijo por igual... Que mal le hago a mi hijo... Lo quiero... es malo? En Aragon se aprobo la ley de custodia compartida y no escuche que hubo oleadas de hombres pidiendola asi que las mujeres que quieren sacar provecho de una ley prehistorica y machista porque me imagino que a cualquiera hombre o mujer le gustaria criar a su hijo y tener tambien su trabajo y su espacio, lo que hay ahora es obligar a la mujer que no tenga vida privada y este las 24 hs. atras de su hijo. (si a mi me la dan al 100 % encantado, habra mujeres que pensaran lo mismo) IGUALDAD es muy facil...
Nuestro gobierno del psoe, con su ministerio de igualda no quieren la custodia compartida, yo que era votante socialista no pienso votarles nunca mas.
Somos iguales, pero la custodia para ella por toda la cara.
Según la Constitución los españoles somos iguales ante la ley. Pero en España han cambiado muchas cosas y ante los juzgados y el Ministerio de Igualdad no lo somos, existen mujeres y hombres. Interpretenlo como más les guste.
los abuelos no tenemos derecho ala custodia compartida si el padre del menor ya no esta entre nosotros ese es nuestro caso llevamos para diez años luchando para poder tener anuestro nieto y la juez de turno no quiere ejecutar un auto que tenemos anuestro favor los abuelos tenemos nuestros derechos haber anuestro nieto segun la costitucion todos los ciudadanos somos iguales ante la ley porque esta juez indigna nos niega poder ver ha nuestro nieto eso no es prevaricar desde este comentario estos abuelos pedimos que nose aga justicia.