Condena a la SER: El catedrático Marc Carrillo considera que es una "limitación inadmisible" al derecho de informar

El experto de Derecho Consitucional cuestiona también la respuesta del Ministerio Fiscal, ya que el rol de Conde Pumpido es garantizar "los DErechos Fundamentales y Libertades Públicas en el proceso judicial"

   12-01-2010

El catedrático de la Universidad Pompeu Fabra ha respondido a las preguntas de los internautas relacionadas con el fallo que condena a dos periodistas de la CADENA SER. Marc Carrillo sostiene que el juez ha fallado en base a "una posición previamente adoptada"

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    El catedrático de derecho constitucional, Marc Carrillo, se ha sumado al grupo de expertos que cuestiona duramente el fallo contra los periodistas de la CADENA SER, Daniel Anido y Rodolfo Irago. El experto ha calificado de "incomprensible" la posición de la Fiscalía General, que conduce Conde Pumpido, ya que "entre las funciones atribuidas al Ministerio Fiscal se encuentra la garantía de los Derechos Fundamentales y Libertades Públicas en el proceso judicial".

    En una entrevista digital con preguntas hechas por los internautas de El País.com, Carrillo ha considerado que el fallo del juez Rodríguez Fernández, "es una limitación inadmisible del derecho a la información".

    El argumento del juez sobre la distinción que existe entre medios de comunicación tradicionales e Internet (la lista de nombres fue publicada en CadenaSER.com, y por ese motivo el juez ha condenado a un año y nueve meses de prisión a los periodistas), también es considerada "inadmisible" según Carrillo, porque el criterio del juez habilita a que "Internet puede convertirse en una especie de área autónoma al margen del derecho". El experto destaca que "el derecho a comunicar información no es monopolio de los medios tradicionales, sino que todo ciudadano también puede comunicar información".

    El catedrático de la Universidad Pompeu Fabra considera que "el juez dicta una sentencia al margen de la Constitución y de la jurisprudencia constitucional" y que el derecho lesionado con este fallo es "el derecho a la información".

    Uno de los argumentos del fallo que ha generado polémica es sobre el derecho a la intimidad, ya que las escasas opiniones que respaldan la posición del juez Rodríguez Fernández, sostienenque la afiliación a un partido político forma parte de un derecho privado, y que no debería hacerse público. Carrillo deja en claro que "informar sobre irregularidades en el seno de un partido político no supone un límite al derecho a comunicar información". El catedrático concluye que "el derecho a la información, en una sociedad democrática, prevalece sobre otros derechos fundamentales, por ejemplo, el derecho a la intimidad".

    Comentarios - 1

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      genaro 12-01-2010 20:09:28h

      Todas estas personas dicen que es INADMISIBLE, estas condenas por haber informado, por medio de INTERNET, pero hasta el momento la verdad, y toda la verdad, es que estos dos periodistas estan CONDENADOS, así de claro, por INFORMAR, lo diré una y cuantas veces crea necesarias...?Es que en este pais, no se puede informar, con DIGNIDAD y saber, todo pero todo, lo que sea de interés GENERAL, o por el contrario, es que ciertos PERIODISTAS, han comprado la GÜLA, y dicen y hacen lo que quieren y no se meten con estos impresentables...?No hay derecho a esto, y más sabiendo la transcendencia que tenia, todos los nombres detallados, que en su dia fué un escandalo MAS, y que aun no sabemos NADA DE LA VERDAD¿ No esperen apoyos del PP, ?han oido hoy a la SAEZ DE SANTAMARIA, pues eso es lo que hay....

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