El Superior de Castilla y León reconoce la objeción a Ciudadanía

El tribunal superior se desmarca así del Supremo

CADENA SER /EUROPA PRESS   23-09-2009

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León se desmarca del Tribunal Supremo y reconoce el derecho de objeción de conciencia a una familia para que sus hijos no cursen la asignatura Educación para la Ciudadanía. Los magistrados obligan, además, a que esta decisión no afecte a los recurrentes a la hora de pasar de curso y de obtener sus títulos académicos.

  • Vota
    Sin interés Poco interesante De interés Muy interesante Imprescindible
    Resultado
     2 votos
  • compartir
    • 8 comentar
    • Estadísticas
    • Enviar
    • Imprimir

    La sentencia sostiene que Educación para la Ciudadanía produce el efecto indeseable de incidir en la privacidad e intimidad de los alumnos.

    A través de las sentencias nº 1.998 y 1.999, de 23 de septiembre, dictadas en relación a dos recursos del año 2008, las mismas, el TSJCyL, en una extensa y compleja argumentación y con un voto particular, se aparta motivadamente de las anteriores del Tribunal Supremo habidas en relación con estas materias.

    "Carga ética de la asignatura"

    Así, el tribunal castellanoleonés, sin entrar a valorar intrínsecamente el ideario ofrecido por los demandantes, se limita a constatar el conflicto moral e ideológico que para ellos supone el que sus hijos reciban una educación contraria a sus creencias religiosas, éticas o morales, y por tanto aplica el artículo 27.3 de la Constitución Española de 1978 que garantiza e impone a los poderes públicos el respeto del derecho de los padres a que sus hijos reciban una educación conforme a sus convicciones.

    Las razones de fondo, para reconocer ese derecho de objeción, son "la intensa carga ética, moral e ideológica de la asignatura discutida, que emplea conceptos difusos e indeterminados pero con virtualidad bastante como para propiciar y producir el efecto indeseable de incidir en la privacidad e intimidad de los alumnos en plena fase de formación y ello con arreglo a unos autocalificados valores éticos comunes".

    Asimismo, este tribunal señala el carácter obligatorio de la materia, "concentrado y vertical, superando la transversalidad multidisciplinaria hasta ahora imperante, así como el confesado propósito de reconstrucción, no de simple construcción, de valores en orden a la influencia en los comportamientos y actitudes, habilidades y destrezas de los menores (no conocimientos) que serán objeto de específica evaluación".

    El TSJCyL fundamenta igualmente su sentencia en la "indiscutible seriedad" en el planteamiento del conflicto por los recurrentes, se compartan o no sus íntimas motivaciones, además de en las "significativas reservas y advertencias" del Pleno del Tribunal Supremo respecto de proyectos educativos, libros de texto y explicaciones.

    Tales razones, no valoradas aisladamente sino en conjunto, son las que llevan al tribunal a apreciar el "riesgo exorbitante, que los padres no vienen obligados jurídicamente a soportar ni a esperar se cristalice, de invasión, injerencia o inmisión en la esfera de privacidad que el artículo 27.3 CE les reserva en cuanto a la formación religiosa y moral de sus hijos, lo que les hace acreedores del derecho a que estos se vean dispensados ex artículo 27.3 CE de cursar la asignatura, sin consecuencias desfavorables para ellos".

    Gobierno recurrirá ante el Supremo la sentencia del TSJCyL que avala la objeción a Ciudadanía

    El Gobierno recurrirá la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), que permite la objeción de conciencia a la asignatura de Educación para la ciudadanía y los Derechos Humanos (EpC), según anunció el ministro de Justicia, Francisco Caamaño, quien ya ha dado orden a la Abogacía del Estado para que actúe.

    Tras la reunión con dirigentes socialistas en la sede del PSOE en Ferraz, donde les explicó el Plan de modernización de la Justicia Española, Caamaño manifestó su intención de que la sentencia del Alto Tribunal dictada el pasado mes de enero, y que impedía el ejercicio de este derecho, "vincule al resto de tribunales y pueda hacer valer su jurisprudencia".

    El tribunal castellanoleonés hizo pública este miércoles una sentencia que se aleja del criterio del Supremo, al permitir a unos padres objetar a la asignatura y, además, exonerar a sus hijos a que la cursen sin que esta dispensa pueda tener consecuencia negativa a la hora de promocionar de curso o alcanzar el título correspondiente a la etapa educativa.

    Comentarios - 8

    Página 1 de 2

    • 8

      miguel 23-09-2009 18:56:06h

      El integrismo recalcitrante de los jueces de esa comunidad es denigrante. Seguramente que les dieron el título en una tómbola. El ridiculo no puede ser más atroz. Para ellos educar, mostrar caminos diversos, enseñar a convivir con otras tendencias y credos, ilustrarles en la diversidad de comportamientos es MALO. Y se declaran jueces....pordios, pordios, pordios!!!! Dios o Alá o Visnú o Buda nos libre de estos intransigentes y ciegos.

    • 7

      Carmen 23-09-2009 18:25:30h

      No entiendo nada. ¿Alguien puede explicar para que sirve la doctrina del Tribunal Supremo? La Justicia en este país empieza a oler mal. Entre esto y el carpetazo en Valencia a la historia de Camps permítannos que les pongamos en duda, señores jueces. En el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía hay una Sala a la que llaman Sala Vaticana, se pueden imaginar por qué.

    • 6

      Hatuey 23-09-2009 18:02:05h

      Una pregunta que me hago a lo aquí escuchado. Si una familia cracionista, solicita que no se le enseñe a sus hijos ciencias, es decir el logo de las cosas por que ellos creen en el destino ya escrito y en la creación divina. ¿debería no cursar esas asignaturas?? vease ciencias, matemáticas,biología, historia, geografía, tecnología..ect. no coment

    • 5

      Gracián 23-09-2009 18:02:01h

      Conviene que publiquen los nombres de los jueces que forman el Tribunal... A ellos sí que les hace falta una Educación para la ciudadanía y a los del PP y a los Obispos, que llevan toda la vida metiéndose en la vida privada de los alumnos... Vaya jueces que tenmos... No merece la pena entrar a discutir sus argumentos.

    • 4

      CHUKIE 23-09-2009 17:58:33h

      Nico, tu comentario es desafortunado. No todas las opiniones son respetables. El fascismo no es respetable, el fanatismo no es respetable, la xenofobia o la homofobia o la misoginia no son respetables. Lo que deben hacer los políticos y la justicia es aplicar la ley y hacer que se cumpla sin ambages ni hipocresía. Lo que sí es respetable y exigible jurídicamente es la LIBERTAD Y LA NO DISCRIMINACIÓN (son principios constitucionales). Ed para la Ciudadanía hace hincapié en eso: que hay que respetar las opciones de vida y morales de los demás y que no se les puede discriminar por ello. Luego, que cada cual se aplique el cuento en su casa, en la intimidad o con su familia. Pero lo primero es que nuestros jóvenes aprendan qué es eso del RESPETO y la TOLERANCIA. Eso hay que aprenderlo, no se impone con catecismos.

    Página 1 de 2

    Normas de uso
    Esta es la opinión de los internautas, no de CADENASER.com
    No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
    Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
    Comentario
    Datos personales
    • Las noticias de la Ser en tu móvil
    • Envía: ALTA SER al 795605
    • Coste 0.24./sms impuestos incluídos

    Webs de PRISA

    cerrar ventana